jueves, 31 de marzo de 2011

WARRANTS

Los Warrants son contratos o valores que otorgan el derecho, pero no la obligación, de comprar (denominados call warrant) o vender (denominados put warrant) una cantidad determinada a un precio y en una fecha también determinados, bajo las condiciones preestablecidas en dicho contrato. Estas operaciones (comprar y vender) pueden realizarse durante la vida de ducho acuerdo o al finalizar éste.

Antes de nada, vamos a comentar brevemente tres caractiristicas fundamentarles de los warrants:

-     Son valores negociables en Bolsa.
-     Otorgan un derecho de compra o venta, pero no una obligación.
-     Para adquirirlos, el comprador debe pagar su precio (prima). Ese precio no es más que la cotización del warrant.

Los warrants se caracterizan por ser valores agrupados en emisiones realizadas por una entidad y representados mediante anotaciones en cuenta que cotizan en un mercado organizado.


Para conocer el funcionamiento de los warrants, debemos conocer los siguientes conceptos:
-     Activo subyacente: acción, cesta de acciones, tipo de interés o cualquier otro activo financiero sobre el que se otorga ese derecho de comprar o vender.
-     Fecha de ejercicio: fecha futura en la que se realizará la transacción.
-     Ratio: número de activos subyacentes que representa cada warrant

·      ¿Cómo invertir en warrants?

Los warrants se compran y se venden en Bolsa al igual que las acciones, por lo que para adquirirlos hay que contactar con un intermediario financiero. Los warrants se negocian en un segmento especial con una normativa adaptada a sus características.

En el mercado hay disponibles cientos de warrants para su negociación, por lo que es importante seleccionar el warrant adecuado respecto al activo subyacente seleccionado. El rasgo más característico y distintivo de los warrants es su potencial de desarrollo, que variará dependiendo de su vencimiento y los precios en cada ejercicio.

Existen dos indicadores para ayudarnos a seleccionar los warrants idóneos para las necesidades de cada individuo, y son la Delta y la elasticidad. Estos indicadores nos permiten comparar varios warrants emitidos sobre un mismo activo subyacente, en un periodo de tiempo concreto. Para obtener más información acerca de estos indicadores se deben consultar las páginas web de las entidades emisoras de warrants.

Se cierra el ciclo del warrant, lo que se denomina haber “ejercido el warrant”, una vez poseído el derecho de compra y/o venta del inversor, y realizada la operación de transacción asociada al warrant por dicho inversor, ya sea por si mismo o a través de alguna entidad intermediaria.

Para finalizar vamos a comentar brevemente algunas ventajas de invertir en warrants. Podemos destacar tres:
-     Permite un alto grado de pasividad a consecuencia de la menor inversión o prima en el warrant con respecto a la inversión directa destinada al activo subyacente.
-     Tiene un riesgo muy limitado, ya que la máxima perdida que podemos afrontar es igual al importe de la inversión (prima).
-     Permite obtener beneficios potenciales ilimitados derivados de la diferencia entre el precio del ejercicio y el precio registrado por el activo subyacente.

Como conclusión decir que la inversión en warrants es muy interesante debido a sus facilidades y numerosas ventajas comentadas anteriormente, por ello son muy utilizados, por ejemplo para reducir el riesgo en otras inversiones o como inversión a corto o largo plazo asegurada, por el mismo motivo, su bajo nivel de riesgo.



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¿Cómo invertir a la baja en Bolsa?
FRANCISCO JAVIER LÓPEZ VELAYOS

Los inversores españoles tienen a su disposición una gran variedad de productos para invertir a la baja y beneficiarse de las caídas de los precios de las acciones e índices, como por ejemplo los Warrants Put, los Turbos Put o los ETFs inversos.
Los Warrants son productos cotizados en Bolsa que otorgan el derecho teórico, a comprar (Warrants CALL) o a vender (Warrants PUT) el activo de referencia (Subyacente) a un precio fijo (Strike o precio de ejercicio) y hasta una determinada fecha (Vencimiento).

El principal atractivo de los Warrants es que, a partir de una inversión reducida, es posible apalancar una inversión tanto al alza (CALL) como a la baja (PUT), consiguiendo un resultado multiplicativo, con un potencial de beneficio ilimitado y una pérdida limitada.


lunes, 21 de marzo de 2011

FONDOS DE INVERSIÓN

Un fondo de inversión es un instrumento de ahorro compuesto por capitales y/o patrimonio sin personalidad jurídica, aportados por un gran número de personas y que se administra por una sociedad gestora a cambio de unas comisiones por ello. Estas personas que invierten en dicho fondo reciben un certificado de participación que verifique su derecho de propiedad.

Las aportaciones de los inversores se destinan a inversión en activos financieros como pueden ser acciones, títulos a renta fija, activos monetarios, letras, bonos o incluso en otros fondos de inversión. La finalidad de estas operaciones es obtener la máxima rentabilidad posible.


Durante la duración del fondo, los inversores puede retirar total o parcialmente su parte del mismo. La cantidad correspondiente a cada participante es el resultado de dividir el patrimonio en el momento actual del fondo y dividirlo entre el número de inversores.

Existen tres criterios para clasificar los fondos:
-     Legales: bajo este criterio se recogen los diferentes tipos de fondos regulados por la normativa española de Instituciones de Inversión Colectiva.
-     Analíticos: clasificamos los fondos según la relación entre sus rendimientos y sus niveles de riesgo.
-     Comerciales: enmarcamos dentro de esta categorías los fondos de inversión cuya denominación defina sus rasgos y resuman los procedimientos que sigue dicho fondo al realizar sus inversiones.


 
Bajo otro punto de vista, encontramos una nueva y diferente clasificación de fondos con características particulares. Destacamos los siguientes:
·      FIL y FFIL (Fondos de Inversión Libre y Fondos de Fondos de Inversión Libre): poseen una gran flexibilidad en cuanto a política de inversión, endeudamiento, inversión mínima, comisiones, etc. Los segundos, como nos indica su nombre consisten en la colocación del patrimonio de un Fondo de Inversión Libre en otro Fondo de Inversión Libre, para obtener unos mayores rendimientos.
·      FII (Fondos de Inversión Inmobiliaria): invierten su patrimonio en bienes inmuebles (viviendas, garajes…) y obtienen rentabilidad de la venta de esos bienes y/o de los alquileres de los mismos.
·      SICAV (Sociedad de Inversión de Capital Variable): son fondos de países diferentes al de origen de los inversores. Estos fondos se dividen en acciones únicamente, aunque su funcionamiento y su fiscalidad son similares a los del resto de fondos nacionales, siempre y cuando se hallen registrados en la Comisión Nacional del Mercado (CNMV), órgano que regula y controla los fondos de inversión en nuestro país.

Una vez identificado el concepto de fondo de inversión y los principales tipos, vamos a centrarnos en su funcionamiento.

Al comprar un fondo de inversión, lo que compramos realmente son participaciones del mismo. El precio de cada participación variará de la fecha de compra y del patrimonio en ese momento del fondo y su valor coincide con el valor liquidativo del fondo. Una particularidad de los fondos de inversión es que las participaciones no tienen por qué ser un numero entero como ocurre en la bolsa, sino que podemos comprar, por ejemplo 7.42 participaciones.

La Cartera del fondo esta constituida por activos financieros (acciones, bonos, etc.) en los que se deriva total o parcialmente el patrimonio del fondo.

Para acabar, vamos a resumir cuatro ventajas de invertir en alguno de los tipos de fondos que hemos desarrollado anteriormente.
1.  No requieren grandes cantidades de dinero: esto es así, para empezar porque los costes de inversión y las comisiones se reparten entre muchas personas. Por otro lado, una vez realizada la inversión mínima, se pueden seguir haciendo aportaciones pequeñas periódicas.
2.  Son fáciles de comprar y vender: para suscribir participaciones de un fondo basta con ir al Banco o Caja depositario del fondo, pudiendo realizarlo incluso por teléfono o a través de internet.
3.  Son instrumentos perfectamente regulados: el fondo de iversion no puede destinar a cualquier inversión sus fondos, sino que debe respetar su propio reglamento y la Ley y Reglamento de las Instituciones de Inversión Colectiva. Para cerciorarse de ello, la Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV) controla la actuación de los fondos de inversión.
4.  Están gestionados de forma profesional: aunque antes de invertir en fondos son necesarios unos conocimientos acerca del funcionamiento de los mercados de acciones y de renta fija, al estar gestionado dicho fondo por una entidad profesional, quien decida los valores para el fondo será dicha entidad.

martes, 15 de marzo de 2011

PLANES DE PENSIONES

Hoy, nos centramos en cómo planificar nuestro futuro más lejano (de momento), la jubilación. Es importante, que si durante esta última etapa de nuestra vida, queremos mantener el mismo nivel de vida, desarrollemos un buen plan de pensiones. Cada vez son más bajas las pensiones de la Seguridad social y cada vez se necesitan más años y mayores flujos de cotización.



Los planes de pensiones privados son una alternativa de ahorro para hacer frente a la pérdida de poder adquisitivo a la que nos encontramos en nuestra jubilación. Son un complemento, un añadido a la pensión de jubilación, no sustituir a ésta. Además es una forma de inversión ya que con el tiempo se recuperan las cantidades aportadas más los intereses generados por las mismas.



Una pregunta importante que se hace toda persona que se plantea contratar un seguro de vida es cuándo hacerlo. La respuesta según expertos en la materia es fácil: “cuanto antes mejor” ya que este tipo de productos tiene un “efecto capitalización”. Sin embargo, la edad más común de comenzar a plantearse este tipo de cuestiones oscila entre los 40 y los 45 años, ya que en etapas anteriores de nuestra vida, generalmente, se cuenta con mayores esfuerzos financieros como hipotecas, etc. Según recomienda una compañía de seguros, el mejor momento para contratar este tipo de pólizas es en el momento de incorporación a la vida laboral.

En cuanto a la estrategia de contratación otras entidades recomiendan comenzar invirtiendo a renta variable, algo arriesgado pero a la vez más rentable y finalizar, cuando esté más cerca la hora de jubilarse, con una variable más conservadora.

Para finalizar vamos a analizar lo más importante, comparar las diferentes compañías y ofertas. Generalmente se suelen contratar seguros de vida únicos y en el Banco habitual. Sin embargo, es importante contrastar las diferentes posibilidades a nuestro alcance ya que puede haber mucha diferencia entre unos seguros y otros. Hay que contrastar la rentabilidad del fondo, las comisiones y la gestión del fondo, siempre teniendo en cuenta que podemos realizar un traspaso entre diferentes planes, sin que ello conlleve penalización.

Como ventaja adicional a la contratación de un seguro de vida, podemos decir que por cada 1.000 euros que se invierten, Hacienda devuelve a su favor, 430 euros.

En cuanto a sus desventajas, destacamos principalmente, que los planes de pensiones no se pueden rescatar salvo en ciertos casos como: jubilación, fallecimiento del partícipe y los supuestos especiales de invalidez total y permanente del partícipe, paro prolongado y enfermedad grave.

Existen diversas herramientas a través de internet para ayudarnos a encontrar un buen plan de pensiones adaptado a nuestras necesidades y preferencias. Algunos ejemplos son:
-        Net pensiones S.L. (http://www.netpensiones.net/): que ofrece una herramienta de análisis e información de cuáles son los mejores Planes de Pensiones que se comercializan en el mercado español.
-        https://www.fondosfidelity.es/inversor/default.page: página en la que podemos encontrar una guía que nos da información acerca de los planes de pensiones, un apartado para contratarlos así como comparativas entre diferentes fondos y precios
-        http://www.labolsa.com/planes-pensiones/: podemos encontrar diferentes enlaces para hacernos con estos fondos, noticias actuales relacionadas con el tema que nos ocupa así como un foro de debate para poder contratar ideas con otras personas en situaciones parecidas a la nuestra.

sábado, 5 de marzo de 2011

LOS SEGUROS DE VIDA

  
  El tema que hoy  nos ocupa, los seguros de vida, son algo habitual entre todos nosotros, con la utilidad de indemnización a los beneficiarios en supuesto de fallecimiento, o, en algunos casos, como garantía de pago.

Se define un contrato de seguro de vida a los distintos tipos de pólizas que comprenden todos los riesgos que puedan afectar a la existencia, integridad corporal o salud del asegurado.

El seguro de vida actúa como resguardo frente a una posible situación de apremios económicos, en la que el beneficiario recibirá una suma de dinero en cado de fallecimiento del asegurado, preveo pago de una serie de primas estipuladas de antemano en la póliza.


Algo tan cotidiano en nuestra vida como son los seguros de vida, puede convertirse en algo más complejo de lo que parece por sus diversas variantes, las cuales podemos encontrárnoslas simplemente comparando las distintas pólizas que tienen las personas de nuestro entorno.

Para empezar, hay que señalar que este tipo de seguros puede realizarse a título individual o colectivo, siempre y cuando se selecciones se seleccione a un grupo de personas que estén afectados por el mismo riesgo, por ejemplo para un parque de bomberos.

Seguidamente, veremos la estructura contractual de los seguros de vida, que es muy similar que cualquier otro contrato se seguros. Sus elementos son:
En muchas ocasiones el tomador del seguro y el asegurado son la misma persona salvo en los casos en los que la póliza se contrata por otra entidad como premio por determinados servicios, por ejemplo. En este caso, el tomador seria la entidad que ofrece el seguro de vida a su cliente y éste sería el asegurado.

La mayoría de las personas tenemos contratado, aunque a veces casi sin saberlo, algún seguro de vida, ya sea para contratar el seguro de un vehículo o como premio por parte de una entidad financiera por contratar ciertos servicios (domiciliación de nómina, etc.). Sin embargo este tipo de seguros de vida suele tener una cierta duración finita que generalmente suele ser anterior a la muerte del asegurado (extinción del permiso de conducción, cese de los servicios financieros...).

Algunas pólizas pueden beneficiar al asegurado en vida. Estas pólizas acumulan ahorros que pueden ser utilizados en el futuro como por ejemplo para complementar su jubilación o para lo que usted desee destinarlo.

Es por ello, que muchas personas se plantean la contratación de un seguro de vida en base a sus circunstancias personales y económicas. A la hora de contratar o no este tipo de pólizas hay que plantearse una serie de cuestiones como son:
¿Tiene cónyuge y/o hijos pequeños de los que es usted responsable?
¿Tiene algún discapacitado en la familia?
¿Su jubilación o pensión es muy baja para mantener a los suyos si usted no estuviera?
 
Asegurador: compañía que ofrecerá la contraprestación a cambio de la prima.
Tomador del seguro: persona que contrata la póliza y asume el pago de la prima.
Asegurado: persona que cubre sus riesgos por la póliza.
Beneficiario: persona que resultará indemnizada con la contraprestación del seguro.
Prima: cantidad a pagar por el tomador del seguro al asegurador como contrapartida de la cobertura de riesgos.


Una vez decidido a contratar un seguro, es necesario elegir el seguro de vida más adecuado, que nos permita obtener importantes ahorros. Para ello, habrá que hacer una serie de cálculos en función de las personas que trabajan en la familia, los gastos fijos que se tienen (hipoteca, etc.), cuánto dinero necesitaría su familia para vivir, etc. El seguro no tiene por qué ser para toda la vida, debe revisarse el seguro periódicamente así como nuestras necesidades y en caso de cambio de alguno de estos factores, debe modificarse el seguro.

Desde junio de 2007 existe un Registro de beneficiarios de seguros de vida para evitar que algunos seguros se queden sin pagar. A través de este registro, previo pago de 3 euros, puede consultarse todos los seguros que tuviera una persona que ha fallecido para así reclamar el pago a las aseguradoras correspondientes.




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Elija un buen seguro de vida...

               

La Comisión Nacional para la Protección y Defensa de los Usuarios de Servicios Financieros (Condusef) recomendó a la población considerar todos los aspectos al momento de contratar un seguro de vida.

La Condusef destacó que hay distintas opciones de costos y coberturas. Asimismo solicitó a la población verificar siempre los beneficios adicionales que ofrece cada compañía de seguros.

Aseveró que al momento de llenar la solicitud, el asegurado deberá firmar y contestar a detalle el cuestionario médico, sin omitir enfermedades y/o accidentes ocurridos, mismos que deberán ser considerados por la institución para llevar a cabo la valoración.

El organismo elaboró un estudio comparativo en el ramo de seguro de vida, en los productos temporal 20 con fondo y sin fondo, es decir, donde la aseguradora sólo ofrece la protección al asegurado por el plazo que dure el seguro.

Un seguro de vida con fondo brinda, además de una protección para el caso del fallecimiento u ocurrencia de alguno de los riesgos contratados, la posibilidad de que el contratante solicite tanto los dividendos y los excedentes de prima en su caso.

En cuanto a los seguros de vida temporal con fondo de administración, la compañía con la prima anual más elevada es Alico y la institución con la prima más baja es Insignia Life.

Precisó que también se da en el ofrecimiento de las coberturas que son adicionales.

Respecto de las instituciones que manejan el ramo de seguro de vida temporal sin fondo, la institución de mayor costo fue Seguros Monterrey New York Life y la de menor costo Insignia Life.

La Comisión puso a disposición la página www.condusef.gob.mx para que puedan verificar los costos y tipos

miércoles, 2 de marzo de 2011

BASILEA III

Antes de nada, tenemos que saber qué es eso de “Basilea III”. Pues bien, Basilea III es un acuerdo histórico entre los bancos centrales y los supervisores para controlar y reforzar la liquidez y solvencia de las entidades de crédito. Lo que se pretende mediante este acuerdo es evitar las crisis financieras como la que estamos viviendo o, en caso de producirse, evitar que sean los ciudadanos o bancos centrales de los países quienes asuman las pérdidas, haciendo responsables a las propias entidades implicadas.


Los predecesores históricos de Basilea III, son, como no podía ser de otra manera, Basilea I (aprobado en Diciembre de 1974) y Basilea II (aprobado en el año 2004). Las novedades que introduce Basilea III con respecto a sus antecesores son, básicamente, las relativas a los requisitos de capital que deben cumplir los bancos. Se han endurecido los criterio actuales, pasando a exigir un 2% en las reservas de créditos concedidos e inversiones a exigir un 7% de dichas reservas a partir del año 2019. A pesar de la lejanía de la fecha límite, muchas entidades ya están trabajando para adaptarse a esta nueva legislación dado que este cambio supone un esfuerzo extra de financiación muy costoso y necesitan acudir al mercado para solventar sus problemas de liquidez. Según los expertos, el mayor problema en torno a esta medida será para las cajas, no suponiendo a penas esfuerzo para los grandes bancos.



En cuanto a los efectos de estas medidas sobre los ciudadanos, son mas de los que parecen a simple vista, ya que para adaptarse a la nueva situación, las entidades de crédito van a tener que cambiar su modelo de negocio, de tal forma que cobrarán más por el dinero que presten así como por sus tradicionales servicios, y retribuirán menos por los depósitos. En cuanto a los efectos sobre los accionistas, es previsible que éstos se encuentren con ampliaciones de capital así como recortes en los dividendos, lo que puede hacer caer sus cotizaciones.

Una vez plasmadas las ideas teóricas, pasemos a analizar sus efectos prácticos: ¿Qué mejora esta nueva norma de regulación financiera?, pues según algunos expertos, nada. Actualmente la mayoría de entidades financieras mantienen un ratio entre el 6% y el 9%, por lo tanto, que los bancos tengan como obligatorio un capital que actualmente mantienen como norma de gestión, es una cuestión prácticamente absurda.

Además, la aplicación de esta nueva normativa, puede hacer que se reduzca el PIB (Producto Interior Bruto) entre un 0,05% y un 0,15%, cifra que, aunque no parezca elevada, si puede tener efectos en nuestro país, donde el pasado año nuestro PIB cayó un 0,2%. Según un informe de la OCDE, “El Impacto Macroeconómico de Basilea III”, el incremento de capital para los bancos, hará crecer los tipos de interés alrededor de 15 puntos básicos, lo que también puede provocar un descenso en los créditos concedidos. El efecto conjunto de todas estas consecuencias puede repercutir en el crecimiento de los países.





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Por Juan Ramón Rallo 

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En general, Basilea III es una regulación mucho más prudencial y conservadora que Basilea II. Sus exigencias de capital y de liquidez, si bien demasiado laxas en un sistema financiero con una facilidad casi insuperable para crear crédito, son mucho más robustas y probablemente sirvan para que las quiebras y suspensiones de pagos bancarias tengan una menor incidencia en el futuro. Y sin embargo la calificación que le podemos dar sólo puede ser negativa. Por un motivo muy simple: no busca acabar con los ciclos económicos, sino sólo asegurar la supervivencia de los bancos. En la crisis actual parece haber existido una relación directa entre las quiebras bancarias y la gravedad de la recesión. Empero, convendría no olvidar que en última instancia los bancos que han quebrado han sido pocos –gracias a los rescates públicos–, pero la crisis ha seguido siendo enormemente grave por las distorsiones existentes en la economía real.

Lo que nuestros reguladores deberían entender y no entienden es que resulta perfectamente posible que haya ciclos económicos sin quiebras bancarias generalizadas (es lo que ha sucedido en todas las crisis desde la Gran Depresión). La causa de las crisis es siempre una expansión crediticia previa de carácter insostenible, una expansión crediticia que desarrollan los bancos y que distorsiona toda la estructura productiva. Que esa crisis –entendida como un periodo de purga de las malas inversiones- termine afectando a la solvencia de los bancos es una cuestión accesoria que podrá darse o no. Pero lo que es inopinable es que, si los bancos descalzan masivamente plazos, tarde o temprano –según cuál sea la actitud del banco central de turno– habrá nuevas crisis.